El Movimiento de Mujeres de
Nicaragua durante décadas ha luchado por la plena
ciudadanía de las mujeres. La
violencia es una de las formas más graves de
discriminación y negación del ejercicio
de los derechos de las mujeres y de su condición de
persona humana. Las
raíces están en la desigualdad histórica
de las relaciones de poder y sigue constituyendo la
expresión más cruel del
control, sometimiento y menosprecio de la vida de las
mujeres.
La violencia sexual como
expresión de sometimiento y abuso del cuerpo de las
mujeres, simbólicamente
representa la negación del derecho al ejercicio de la
sexualidad y la libertad
sexual, por ello cada día con mayor frecuencia se
ejecutan actos de violencia
encaminados al sometimiento sexual de las mujeres. El
país ha sido testigo cómo
en los últimos años, junto con el aumento de los
hechos de violencia que son
denunciados, aumenta la saña, el odio y la misma se
produce a más temprana
edad.
A esto se agrega la violencia estatal
expresada en la
revictimización, la falta de acceso a la justicia y la
penalización del aborto
que implica el sometimiento a embarazos
forzados de niñas y adolescente víctimas de violencia
sexual o la condena de muerte
a aquellas mujeres que enfrentan un embarazo riesgoso
para su vida o salud.
Vivir libre de violencia es un
derecho humano fundamental para el ejercicio de la ciudadanía y el
mismo debe ser garantizado de manera
obligatoria por el Estado, derecho
establecido constitucionalmente dado que nadie puede
ser sometido a ningún tipo
de tortura, tratos crueles, inhumanos o
degradantes.
Nicaragua está definida
constitucionalmente
como un Estado Social de Derecho, en consecuencia es
obligación estatal el garantizar
los derechos de todas las personas que habitan el
territorio nacional. Los datos
que se logran conocer sobre la violencia hacia las
mujeres, sea por abuso
sexual, violencia física, emocional y femicidio,
obligan a que la legislación y
las política públicas establezcan mecanismos que
permita a las autoridades
garantizar la integridad de las mujeres.
Son los hechos y acciones
afirmativas desde el Movimiento de Mujeres de
Nicaragua los que han conducido a
la aprobación de leyes a favor de la vida, la
integridad, la igualdad y la
libertad de las mujeres.
Fueron las mujeres
participantes en los Cabildos
Constitucionales a mediados de los años 80, quienes lograron que la Constitución
Política acogiera
importantes demandas,
contenidas en
los artículos 36 y 48, que establecen que
toda persona tiene derecho a que se respete su
integridad física, psíquica y
moral y que el Estado está en la obligación de
eliminar los obstáculos que
impidan de hecho la igualdad entre los nicaragüenses.
En el ámbito internacional, el
Estado de Nicaragua, ha aprobado la Convención sobre
la Eliminación de todas
las Formas de Discriminación contra la mujer (CEDAW) y
la Convención
Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la
Violencia contra la Mujer
(Belén Do Pará), las mismas mandatan a aprobar leyes y
políticas para eliminar
los factores que propician la discriminación y para
lograr que las mujeres
tengan una vida libre de violencia.
Recientemente en el marco de la
57ª sesión de la Comisión sobre la Condición Jurídica
y Social de la Mujer
(CSW) de la ONU, 130 países, incluida
Nicaragua, suscribieron una declaración donde
condenan con
firmeza la violencia contra
las mujeres y niñas en el mundo. En ella, se
comprometen a tomar medidas
concretas para acabar con lo que consideraron una
lacra social. Dicho
compromiso fue reiterado en la voz del secretario
General Ban Ki Moon quien expreso “La
violencia contra las mujeres es
una horrenda violación de los derechos humanos, una
amenaza global, una amenaza
para la salud pública y un escándalo moral".
Son esas normas constitucionales y
esos instrumentos internacionales de derechos humanos,
la base jurídica de la actual
Ley integral contra
violencia hacia las
mujeres (Ley 779) aprobada en febrero de 2012, después
de varias décadas de lucha
del movimiento de mujeres nicaragüenses
para enfrentar un flagelo social que viven y sufren miles de
mujeres tanto en su vida privada como
pública.
Hoy nos pronunciamos y hacemos el
llamado a toda la sociedad nicaragüense y en especial
a las mujeres a defender
la legalidad y constitucionalidad de la Ley 779,
reafirmamos que la misma está fundamentada en los principios
de Igualdad Real, Libertad
Individual y Seguridad Jurídica contenidos en la
Constitución Política de la
República y
por ende le corresponde al
Estado rechazar de plano cualquier intento
de deslegitimación de la ley.
EXIGIMOS:
1.
Que la Corte
Suprema de Justicia actúe con
coherencia y responsabilidad mandatada por la
Constitución Política de
República y los compromisos internacionales
adquiridos en materia de
defensa y protección de los derechos de
las mujeres.
2.
Que la Corte
Suprema de Justicia declare sin lugar
los Recursos de Inconstitucionalidad interpuestos
contra la Ley 779 y
reafirme la legalidad y legitimidad de la
misma, aclarando que ésta no contradice
ninguna de las normas constitucionales y que por el
contrario su objetivo es
promover relaciones
de igualdad y
respetos de los derechos entre hombres y mujeres.
3.
Es obligación
Estado de Nicaragua el crear las
condiciones adecuadas para aplicar en toda su
dimensión la Ley integral contra
la Violencia hacia las Mujeres y cumplir con el
propósito de la misma que es la
erradicación, sanción y eliminación de la violencia de
la vida de las mujeres.
Por ende les corresponde
dotar a todas
las instituciones encargadas de aplicar la ley, de los
recursos humanos,
presupuestarios y logísticos necesarios para que la
misma impida la impunidad.
4.
Que las
autoridades actúen
con la diligencia debida para prevenir
la violencia contra las mujeres; investiguen la
violencia; enjuicien y
castiguen a los infractores, sean ellos actores
estatales o no estatales, y
aseguren que las víctimas tengan acceso oportuno a la
justicia.
5.
Que
reconozcan y protejan el derecho de las mujeres
para decidir sobre sus cuerpos y su sexualidad, por
ello es urgente que la
Corte Suprema de Justicia también resuelva
los recursos de inconstitucionalidad que desde hace 7
años fueron presentados ante la criminalización del
aborto en todas las
circunstancias.
6.
Se reconozca
el rol de las
Organizaciones de Mujeres en la
lucha contra la violencia y no se siga obstaculizando
su trabajo en la
comunidad y que sean integradas a las comisiones
interinstitucionales que manda
la ley como el mecanismo para la su fiscalización e
implementación.
Invitamos a todas las
organizaciones civiles y
a la ciudadanía
en general a sumarse a las acciones en defensa de la
legitimidad de la Ley
Integral contra la Violencia hacia la Mujeres
y la promoción de relaciones de igualdad entre hombres
y mujeres.
Managua, Nicaragua, 22 de Marzo del año
2013.
Movimiento
de Mujeres de Nicaragua
Movimientos,
Espacios y
Redes Nacionales
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COLECTIVOS Y CENTROS DE MUJERES:
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