5 de septiembre de 2013

POSICIONAMIENTO PÚBLICO DE RECHAZO A LA REFORMA DE LA LEY INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES - LEY 779

El 22 del Junio del año 2012 celebramos la entrada en vigencia de la primera Ley Integral Contra la Violencia hacia las Mujeres, que significó en la historia de nuestro país un avance importante para el reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres.


La ley constituye un verdadero instrumento de cambio social que nos garantiza el derecho a vivir libres de violencia y abona a la apuesta estratégica para el ejercicio de la igualdad real de las mujeres.

Esta ley además logró armonizar las obligaciones estatales establecidas en nuestra Constitución Política y las convenciones internacionales en materia de no discriminación y lucha contra la violencia machista que afecta la vida, la libertad e integridad de las mujeres.


Fueron décadas de lucha de las feministas y el movimiento de mujeres para lograr la aprobación de esta ley. El principal reto lo constituye su aplicación efectiva a partir de la intervención integral para atacar el flagelo de la violencia hacia las mujeres, para enfrentar las prácticas de impunidad permanente que llega al extremo de responsabilizar a las mujeres de los delitos que sufren.


Cuando apenas se estaban creando las condiciones mínimas para la implementación de la ley y la creación de la política pública, resulta un contrasentido que la Corte Suprema de Justicia aprovechándose de la fragilidad de la institucionalidad - emitiera una sentencia para resolver los tres recursos de inconstitucionalidad interpuestos contra la Ley 779.

Por un lado, declara sin lugar los argumentos de los recurrentes; por otro lado de manera anómala y violando el principio de legalidad y seguridad jurídica sugiere la reforma del artículo 46 que define la prohibición de la mediación en los delitos establecidos en esta ley.

Peor aún, dicho poder del Estado en tiempo récord y con trámite de urgencia presentó ante la Asamblea Nacional una iniciativa de ley para reformar el referido artículo y hacer adiciones a dos artículos más.

Tal actuación es el resultado del control total del partido de gobierno sobre los poderes del Estado, donde prevalece las voluntades personales por encima de la Ley y la Constitución Política, donde se negocia al margen de la ciudadanía y constituye la evidencia infalible de que no ha cambiado la política pública misógina que hemos venido denunciando desde la llegada al poder del FSLN.   Quienes mantienen un discurso retórico sobre la promoción de la igualdad de derechos, pero con sus mandatos y hechos como esta reforma, anula toda posibilidad de avances de los derechos humanos de las mujeres y su ciudadanía.
La reforma a la Ley 779 que pretende permitir el procedimiento de la mediación ante los delitos ocasionados por la violencia machista - significa la restitución de la cultura del abuso, la crueldad, la tortura doméstica, el irrespeto a la integridad física, psicológica, sexual, moral y el atropello de los derechos humanos fundamentales de las mujeres nicaragüenses.

La prohibición de la mediación se fundamentó en el análisis de las realidades en que se cometen los delitos de violencia contra las mujeres, considerando que existen condicionantes socioculturales que provocan relaciones de poder y de irrespeto de los hombres hacia las mujeres. Antes de la Ley 779, se promovía la mediación indistintamente de la gravedad de los delitos y las evidencias demuestran que los agresores reforzaron sus prácticas abusivas en contra de las mujeres y las sometieron a represalias después de los acuerdos. La mediación lejos de detener la violencia -provocó la agudización de la misma, ocasionando mayores daños y en el peor de los casos, la muerte.

El mensaje social que se envía desde el Estado con esta pretendida reforma es letal, no solo porque esa restitución implica la promoción de la impunidad, sino porque convierte al Estado y todos sus operadores como cómplices necesarios de la violencia, porque a sabiendas que el mecanismo de mediación no opera para este tipo de conductas antijurídicas, lo que hace es consentir y favorecer deliberadamente a los perpetradores del delito y en consecuencia deja a las mujeres en total indefensión,

La lucha contra la violencia en todas sus expresiones es la lucha por la libertad y la autodeterminación de las personas. De la misma manera que no es admisible la impunidad de quienes violan la Constitución y pervierten la ley y el derecho para justificar sus atropellos, tampoco puede ser admisible la impunidad de golpeadores, violadores y asesinos de mujeres, adolescentes y niñas.

Demandamos a los diputados y diputadas de la Asamblea Nacional que demuestren ser coherentes con la decisión tomada de manera unánime cuando aprobaron la ley 779 el 26 de Enero del 2012; que honren su compromiso con la lucha contra toda forma de expresión de la violencia y por el respeto de los derechos de las mujeres que representamos más de la mitad de la población nicaragüense.
Exigimos rechacen la iniciativa de reforma y adiciones de la Ley 779 presentada por la Corte Suprema de Justicia, por ser injusta, inhumana, inmoral, improcedente y violatoria de la Constitución Política y los compromisos internacionales.
Managua, Nicaragua 4 de Septiembre 2013.

¡VIVIR LIBRES DE VIOLENCIA ES NUESTRO DERECHO!
¡NO A LA REFORMA DE LA LEY 779, NO A LA MEDIACION!




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Las Petateras
Confluencia de feministas mesoamericanas
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